Texto íntegro del Presidente del Gobierno de la CAV Ibarretxe presentando su Plan al Parlamento de Gasteiz el 26 de septiembre de 2003.
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      Debate de Política General


      La configuración de un Poder Judicial Vasco Autónomo (Base 4ª).

      En el desarrollo de esta base se plantea la articulación de un poder judicial autónomo que complete, junto con el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, los poderes del autogobierno vasco.

      Deseamos que nuestra singularidad política se vea plasmada también de una manera sensata y racional en un Poder Judicial autónomo. Para que los vascos y las vascas podamos decidir cómo queremos organizar y gestionar mejor la administración de Justicia; para que los jueces y magistrados vascos tengan sus propios órganos de gobierno, y para que la sociedad vasca tenga, en definitiva, una relación más natural con la Justicia.

      La regulación de un Poder Judicial autónomo, supone reconocer al Tribunal Superior de Justicia de Euskadi, como la cúspide de la organización judicial vasca, reservándose al Tribunal Supremo las atribuciones referentes a la unificación de doctrina y al conocimiento de los conflictos de competencias y jurisdiccionales. Esta reserva de atribuciones al Tribunal Supremo, junto con la garantía de aplicación de las mismas reglas procesales y derechos fundamentales que en el conjunto del Estado, aseguran, sin duda, el respeto escrupuloso a la unidad e independencia jurisdiccional, arbitrándose, además, un marco de coordinación con el ámbito estatal y europeo.

      Sobre la base de estas consideraciones, la regulación articulada de la propuesta contempla, entre otros, los siguientes aspectos:

      • La organización judicial vasca culmina en el Tribunal Superior de Justicia de Euskadi, ante el que se agotarán las sucesivas instancias procesales.

      • La competencia de los órganos jurisdiccionales en la Comunidad de Euskadi se extiende a todos los órdenes, instancias y grados, independientemente del derecho aplicado, y sin exclusiones, es decir, incluidas las competencias que actualmente ostenta la Audiencia Nacional.

      • Al Tribunal Supremo le corresponderá la unificación de doctrina y el conocimiento de los conflictos de competencias y jurisdiccionales. Asimismo, se reconoce la jurisdicción que, en amparo y protección de los derechos fundamentales, corresponde al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

      • Se constituirá un Consejo Judicial Vasco como órgano de gobierno del Poder Judicial en la Comunidad de Euskadi, que ejercerá sus funciones y competencias en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial del Estado.

      • El Consejo Judicial Vasco designará al Presidente del Tribunal Superior de Justicia, a los Presidentes de Sala, Audiencias y Decanos, y le corresponderá el desarrollo y aplicación de los criterios esenciales fijados en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en materia de selección, provisión, carrera, formación, régimen disciplinario y retribuciones de Secretarios, Jueces, Magistrados y Fiscales en la Comunidad de Euskadi, teniendo en cuenta el carácter preferente del conocimiento del derecho vasco y del Euskera.

      • La composición del Consejo Judicial Vasco, será regulada por Ley del Parlamento Vasco, con criterios de independencia y de composición mixta.

      • El Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Euskadi será nombrado por el Consejo Judicial Vasco. Una Ley del Parlamento Vasco regulará el funcionamiento del Ministerio Fiscal en el ámbito de la Comunidad de Euskadi, atribuyéndole la defensa de la legalidad en su conjunto.

      • En relación con la administración de Justicia, la Comunidad de Euskadi ejercerá todas las facultades ejecutivas, en aplicación de los mismos principios procesales que rigen en el Estado, estableciéndose un marco de cooperación con el Ministerio español de Justicia para garantizar la coordinación en el ámbito estatal y europeo.

      • Los cuerpos de los funcionarios del personal al servicio de la Administración de Justicia serán regulados por Ley del Parlamento Vasco.

      • La Ertzaintza actuará como Policía Judicial al servicio del Poder Judicial.

      En definitiva, no discutimos la unidad jurisdiccional, ni tampoco la figura del Tribunal Supremo, a quien le corresponderá conocer de la unificación de doctrina y de los conflictos de jurisdicción entre los órganos judiciales de la Comunidad de Euskadi y los del Estado.

      Hacemos este planteamiento, siendo conscientes de que lo que proponemos supone cambios en las leyes orgánicas relativas al Poder Judicial. Ahora bien, nadie podrá invocar que proponer cambios en las leyes orgánicas es inconstitucional o contrario a la estructura sustancial de un Estado democrático, porque sería faltar a la verdad.

      Es más, muchas de las medidas propuestas han estado, de alguna forma, barajadas en los estudios del propio Consejo General del Poder Judicial, para mejorar el servicio público de la Justicia en el Estado.

      Garantizar nuestra identidad y Profundizar en nuestro Autogobierno (Bases 5, 6, 7 y 8).

      Voy a dar un tratamiento común a las cuatro bases que constituyen el núcleo fundamental del ejercicio del Poder Público en la Comunidad de Euskadi. En estas bases se recogen aquellos aspectos más directamente relacionados con la institucionalización interna, nuestra identidad propia y con la profundización de nuestro autogobierno. En definitiva, con el bienestar de nuestra sociedad.

      Aspiramos a tener más competencias que las actuales, porque interpretamos que así lo desea la mayoría de la sociedad vasca. Pero aspiramos a tener, no sólo más cantidad, sino, sobre todo, más calidad en nuestro autogobierno.

      Deseamos que la capacidad de las Instituciones Vascas para establecer la ordenación política, económica, infraestructural, cultural, laboral y social, no sea una mera declaración nominal sujeta a los avatares de interpretación unilateral por parte del Estado, sino una verdadera realidad objetiva.

      Para ello, vamos a proceder a proponer en el nuevo Estatuto político una definición clara de qué políticas y competencias ejerce en exclusividad el Estado en Euskadi. Qué políticas y competencias ejercen las Instituciones vascas en régimen de exclusividad y qué políticas y competencias exclusivas de las Instituciones vascas tienen un régimen específico de colaboración. Todo ello, de conformidad con un espíritu de respeto mutuo, en aras a evitar la duplicidad de funciones y mejorar en consecuencia, la eficacia en la gestión y prestación de los servicios públicos a los ciudadanos y ciudadanas vascas.

      Que nadie pretenda presentar nuestro planteamiento como un intento de fijar unilateralmente una distribución de competencias. Presentamos una propuesta que, en todo caso, deberá ser debatida en el seno de esta Cámara, posteriormente aprobada por la mayoría absoluta del Parlamento Vasco, negociada, a continuación, con el Estado y ratificada, en último término, por la sociedad vasca.

      De conformidad con este planteamiento, se propone la distribución del ejercicio del poder público entre el Estado y las Instituciones Vascas en los siguientes términos:

      I.-      Políticas Públicas exclusivas del Estado en el ámbito de la Comunidad de Euskadi

      I. 1.-            En el ámbito de la Comunidad de Euskadi quedan reservadas al Estado, con carácter exclusivo, las siguientes políticas y materias:

      • Nacionalidad española, extranjería y derecho de asilo, sin perjuicio del carácter compartido de las políticas de emigración e inmigración, en función de su incidencia en las políticas sociales de La Comunidad de Euskadi.

      • Defensa y fuerzas armadas.

      • Régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.

      • Sistema monetario.

      • Régimen aduanero y arancelario.

      • Marina mercante, abanderamiento de buques y matriculación de aeronaves, control del espacio aéreo.

      • Relaciones internacionales, sin perjuicio de las actuaciones con repercusión exterior que se reconocen a la Comunidad de Euskadi en este Estatuto.

      I. 2.-            Asimismo, en el ámbito de la Comunidad de Euskadi, al Estado le corresponde dictar la legislación común en los ámbitos que a continuación se señalan, sin perjuicio de la capacidad de las Instituciones vascas para el desarrollo y adaptación de esta legislación a su derecho sustantivo, así como para el ejercicio de las potestades de ejecución.

      • Legislación penal, penitenciaria y procesal, sin perjuicio de las particularidades del derecho sustantivo vasco.

      • Legislación mercantil, sin perjuicio del desarrollo de las bases de las obligaciones contractuales de carácter mercantil, así como de las bases de los contratos y concesiones administrativas.

      • Legislación civil, sin perjuicio del derecho privado civil foral o propio de Euskadi.

      • Legislación de propiedad intelectual e industrial.

      • Pesas y medidas, contraste de metales y determinación de la hora oficial.

      La Comunidad de Euskadi contribuirá a las cargas generales correspondientes a las políticas exclusivas del Estado en su ámbito territorial, mediante la aportación de un cupo global en el marco del Concierto Económico.


      II.-    Políticas Públicas exclusivas de las Instituciones Vascas

      Las políticas públicas no reservadas expresamente al Estado en el nuevo Estatuto Político serán competencia de las Instituciones  Vascas.

                  Así, a la Comunidad de Euskadi le corresponderán, con carácter de exclusividad, todas las materias y competencias referentes a las siguientes políticas públicas exclusivas:

      • Políticas de autoorganización y de institucionalización interna.

      • Políticas educativas y culturales.

      • Política lingüística. El Euskera.

      • Hacienda y Patrimonio. Política fiscal, financiera y tributaria

      • Políticas de ordenación territorial, vivienda y medio ambiente.

      • Políticas de recursos naturales, infraestructuras y transportes.

      • Políticas de ordenación de la actividad económica.

      • Políticas sectoriales económico-financieras.

      • Políticas sociales y sanitarias.

      En relación con las Potestades legislativas, a la Comunidad de Euskadi le corresponderán las siguientes atribuciones:

      • En las políticas públicas de carácter exclusivo, la Comunidad de Euskadi dispondrá de la plena titularidad de las potestades normativa, legislativa y reglamentaria o de desarrollo. El derecho emanado de las Instituciones vascas será el único aplicable en la Comunidad de Euskadi, sin perjuicio, cuando proceda, de la aplicación directa del derecho europeo.

      • Asimismo, corresponde a las Instituciones vascas, en sus políticas de carácter exclusivo, la transposición al propio ordenamiento jurídico de las disposiciones de la Unión Europea que lo requieran sin perjuicio, en su caso, de su aplicación directa.

      • El Estado no podrá reservarse la regulación por leyes orgánicas de competencias y políticas públicas atribuidas a la Comunidad de Euskadi con carácter exclusivo.

      • La Comunidad de Euskadi ejercerá la potestad legislativa en todas aquellas políticas públicas y ámbitos no atribuidos expresamente al Estado.

      En relación con las Potestades ejecutivas:

      • A las Instituciones Vascas les corresponden las potestades de ejecución de todas las leyes y políticas públicas en su ámbito territorial en régimen de administración única, con excepción de las políticas públicas reservadas al Estado con carácter exclusivo en el ámbito de la Comunidad de Euskadi.

      • La potestad de ejecución de las Instituciones vascas comprenderá la capacidad de dictar reglamentos de desarrollo, ejecutivos, y de organización de las leyes, así como la gestión y administración de los servicios, incluida la función inspectora y revisora

      • Sólo serán aplicables en el ámbito territorial de la Comunidad de Euskadi las normas reglamentarias e instrucciones dictadas las Instituciones vascas.

      • En el supuesto de que el ejercicio de las competencias propias por parte de las Instituciones Vascas pudiese afectar a otras Comunidades externas, se arbitrarán los convenios de cooperación y colaboración correspondientes con aquellas.

      • Las Instituciones vascas podrán designar representantes en los organismos administrativos, instituciones financieras y empresas públicas españolas, cuya actuación incida en las competencias o intereses de la Comunidad de Euskadi.


      III.-      Políticas Públicas de régimen específico

      Por último, se contempla una regulación específica para tres políticas públicas exclusivas de las Instituciones vascas que, por sus propias características, exigen un régimen especial de colaboración con el Estado.

      La Política de Seguridad Pública:

      De conformidad con la cual, se atribuyen a las Instituciones Vascas las funciones gubernativas y de seguridad para la protección de personas y bienes, así como el régimen de su propia policía o Ertzaintza.

      Asimismo, se reconoce la función pública que, en el ámbito de la Comunidad de Euskadi, deben desempeñar las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, en tanto que les corresponde prestar los servicios públicos de seguridad asociados a las políticas públicas que tiene atribuidas el Estado con carácter exclusivo en la Comunidad de Euskadi.

      A los efectos de garantizar la coordinación entre ambos cuerpos y fuerzas de seguridad en aquellos delitos que afecten tanto a la Comunidad  de Euskadi como al Estado, se establece una Junta de Seguridad de carácter mixto.

      Las políticas sociolaborales:

      A la Comunidad de Euskadi le corresponde la potestad legislativa, y las potestades de ejecución en materia laboral, de empleo, de formación y de prevención de riesgos laborales.

      La Comunidad de Euskadi ejercerá sus competencias exclusivas en materia sociolaboral atendiendo a los derechos y las obligaciones esenciales de trabajadores y empresarios recogidos en la normativa estatal y europea.

      Asimismo, se establecerán instrumentos de cooperación con el Estado y con la Unión Europea para el ejercicio de las citadas competencias por parte de la Comunidad de Euskadi.

      Sobre la base de estos instrumentos de cooperación y colaboración, las Instituciones vascas podrán determinar la representatividad de las organizaciones organismos sindicales y empresariales, atendiendo a estrictos criterios de representación democrática. Asimismo, las Instituciones vascas determinarán el régimen y la eficacia de la negociación colectiva, desde el respeto a la voluntad pactada entre las organizaciones sindicales y empresariales.

      Las políticas de protección social:

      Se contempla la potestad de las Instituciones Vascas para desarrollar la legislación del Estado en materia de previsión social y de seguridad social, así como la gestión propia del sistema público de seguridad social. A estos efectos, la Comunidad de Euskadi dispondrá de sus propios presupuestos de Seguridad Social, que incluirán la recaudación de las cotizaciones sociales. Se garantiza, en todo caso, la consolidación de un sistema público que asegure la asistencia y las prestaciones sociales suficientes a todos los ciudadanos y ciudadanas vascas, atendiendo a los principios de no discriminación y solidaridad con el resto del Estado.

      Asimismo, quedará garantizado el principio de unidad de los recursos financieros del conjunto del sistema, mediante la fórmula del Concierto Económico, a través del cual se regularán los flujos económicos, los mecanismos de inspección y las garantías y obligaciones de solidaridad con el conjunto del sistema de Seguridad Social.

      Euskadi en Europa y en el mundo con voz propia. (Base 9).

      El Pueblo Vasco forma parte de Europa desde sus orígenes, y la Unión Europea se configura hoy como el espacio en el que debe incardinarse nuestra propia personalidad y nuestro marco de relaciones internas y externas.

      La Comunidad de Euskadi, como parte integrante del Pueblo Vasco, tiene derecho a participar con voz propia en Europa y a desarrollar las relaciones sociales, económicas, políticas y culturales en el ámbito internacional que sean precisas para la defensa de su autogobierno y como proyección de su identidad en el mundo.

      Los vascos nos sentimos partícipes y solidarios con el entorno estatal, europeo e internacional. No somos un pueblo aislado, nunca lo hemos sido. Somos un pueblo abierto y solidario. Vivimos en un mundo globalizado e interrelacionado, en el cual, los problemas de los demás son también nuestros problemas, y los problemas que nos afectan a nosotros, también afectan a los demás pueblos y naciones del mundo.

      En consonancia con estas consideraciones, la regulación articulada de esta base contempla los siguientes aspectos y contenidos:

      Las relaciones con la diáspora

      El nuevo Estatuto Político Vasco reconoce como ciudadanos y ciudadanas vascas, con todos los derechos inherentes a esta condición, incluída la nacionalidad vasca, a todas las personas residentes en el extranjero que hayan tenido su última vecindad administrativa en la Comunidad de Euskadi. Asimismo, se contempla el compromiso de las Instituciones Vascas para impulsar los vínculos sociales, económicos y culturales con los miembros de las Comunidades Vascas en el exterior.

      Las relaciones con la Unión Europea:

      Se contempla el reconocimiento y respeto del nuevo Estatuto Político Vasco en el ámbito europeo, como marco de relación pactado entre la Comunidad de Euskadi y el Estado español. Asimismo, se recoge la capacidad de que la Comunidad de Euskadi pueda defender directamente sus intereses y competencias ante los órganos de la Unión Europea que corresponda, de conformidad con la normativa comunitaria. Además, los representantes de las Instituciones vascas formarán parte de las delegaciones del Estado en el Consejo de Ministros de la Unión Europea en los temas que afecten a políticas exclusivas de la Comunidad de Euskadi, y  las Instituciones vascas tendrán garantizado, por parte del Estado, la capacidad de acceder al Tribunal Europeo de Justicia.

      Por último, la Comunidad de Euskadi constituirá una circunscripción electoral única para las elecciones al Parlamento Europeo.

      Las relaciones con el exterior:

      Se reconoce el carácter oficial de las delegaciones y oficinas de representación de la Comunidad de Euskadi en el exterior.

      Se posibilita a las Instituciones vascas la suscripción de acuerdos, convenios y protocolos con instituciones y organismos internacionales en defensa de los intereses de la ciudadanía vasca. Asimismo, la Comunidad de Euskadi podrá tener presencia directa en los organismos internacionales que permitan en su seno la existencia de naciones sin estado.

      En relación con la firma de tratados y convenios internacionales, cuya potestad se le reconoce al Estado, la Comunidad de Euskadi deberá prestar su autorización previa cuando dichos Tratados supongan una alteración o restricción unilateral de las competencias recogidas en el nuevo Estatuto Político.

      La solidaridad y la cooperación al desarrollo:

      Las Instituciones vascas podrán desarrollar una política propia de solidaridad y cooperación con los países en vías de desarrollo.

      Establecimiento de un sistema bilateral de garantías con el Estado, que impida la modificación unilateral del Pacto suscrito. (Base 10).

      En esta Propuesta no se habla de superioridades, sino de respeto mutuo. Por ello, el modelo de garantías propuesto se sustenta en los principios básicos de un régimen de relación bilateral, como técnica aconsejada por muchos constitucionalistas para articular hechos políticos diferenciales en la estructura organizativa de un estado plurinacional. Este, y no otro, es el remedio para la convivencia que históricamente ha caracterizado el régimen foral vasco en relación con el Estado español.

      De esta forma, se articula un sistema bilateral de garantías desde el reconocimiento de la estructura política del Estado y desde el respeto al hecho político diferencial vasco, que establece un procedimiento claro de modificación y renovación del Pacto alcanzado.

      Las medidas e iniciativas propuestas para establecer un sistema de garantías eficaz del pacto suscrito son, principalmente, las siguientes:

      • El establecimiento de una  Comisión Euskadi-Estado como un foro de diálogo político bilateral para la prevención de conflictos y para la armonización de políticas públicas, especialmente en aquellos asuntos que exijan una colaboración específica, como las relaciones exteriores.

      • Una adaptación del Tribunal Constitucional, mediante la constitución de una sala específica que conozca de los conflictos en los que sean parte las Instituciones vascas. Los miembros de esta Sala específica serán designados de forma paritaria por el Tribunal Constitucional y por el Parlamento Vasco, y nombrados por el Rey.

      • El compromiso de no aplicación por parte del Estado medidas coercitivas o que supongan la suspensión unilateral de políticas o disposiciones normativas dictadas por las Instituciones vascas en el ejercicio de las competencias atribuidas en el nuevo Estatuto Político.

      • Un nuevo procedimiento de modificación y actualización del Estatuto Político, más claro y abierto a la negociación. El procedimiento contempla, en primer lugar, la aprobación inicial de la propuesta de modificación por mayoría absoluta del Parlamento Vasco, la apertura de un proceso de negociación con el Estado, la aprobación posterior de las Cortes Generales y del Parlamento Vasco y la ratificación definitiva de la sociedad vasca en referéndum.  
        Si el proceso de negociación previsto con el Estado se frustrara y no se alcanzase un acuerdo sobre la propuesta aprobada por la mayoría absoluta del Parlamento Vasco, se podrá someter la misma a la consulta de la sociedad vasca mediante referéndum. En caso de que la misma sea ratificada, será necesario iniciar un nuevo proceso de negociación con el Estado para incorporar la voluntad democrática de la sociedad vasca al ordenamiento jurídico.


      Desde el reconocimiento de nuestra identidad propia y la voluntad democrática de autogobierno de la sociedad vasca, he presentado con claridad ante esta Cámara los aspectos básicos del nuevo Estatuto Político Vasco, que aprobará el Gobierno Vasco el próximo 25 de octubre.

      En esta propuesta no se habla de superioridades, sino de equilibrio y de respeto mutuo. No se habla de privilegios, sino de derechos y obligaciones. No se habla de rupturas, sino de convivencia. No se habla de impedimentos jurídicos, sino de voluntad política. No se niega la capacidad de otros Pueblos de España para establecer su propio modelo de relación dentro de un estado plurinacional, sino que se respeta la voluntad de los mismos.

      No se impide el desarrollo de un nuevo modelo de estado conjunto, basado en el federalismo de libre adhesión, sino que se abre el camino para configurar el Estado del siglo XXI.

      Es una propuesta abierta al diálogo, al debate y a la negociación.

      La sociedad vasca no está dispuesta a seguir recibiendo impunemente insultos, amenazas y "bofetadas", por el simple hecho de que su Gobierno, en el ejercicio de la legitimidad, social, jurídica, institucional y política que ostenta,  presente una propuesta para la convivencia. Demando, en nombre de la sociedad vasca respeto y consideración. Si no somos capaces de afrontar un debate legítimo y normalizado, corremos el riesgo de que anide en una amplia mayoría de la sociedad vasca el desinterés de pactar un modelo de convivencia con el Estado español. ¿Cree alguien sinceramente que en el siglo XXI un estado moderno se puede construir por imposición y en contra de la voluntad mayoritaria de los Pueblos que lo conforman?

      Yo, sinceramente, creo que no, por eso estamos condenados a entendernos, si deseamos que el proyecto compartido sea fruto de una relación deseada y no de una relación impuesta.


      Apartado III   Un camino abierto al debate parlamentario y a la aportación política y social

      Hemos cubierto la primera etapa del camino. Estamos ante una propuesta que va a marcar el futuro de toda una generación y que constituye una aportación fundamental para la normalización política vasca y para articular nuestra convivencia con España. Somos conscientes de que no es toda la solución, pero estamos convencidos de que contiene una parte fundamental de la solución que, entre todos, seamos capaces de alcanzar al final.

      En la vida, hay cosas urgentes y cosas importantes. El debate que proponemos abrir en relación con nuestro modelo de convivencia futuro es una de las "cosas importantes".

      No es tiempo, por tanto, de precipitaciones. Es tiempo de que todos incorporemos al debate nuestras propias visiones y proyectos legítimos.

      Desde el Gobierno aportamos una propuesta sensata. Por ello, queremos reivindicar un debate sensato, abierto, flexible y, sobre todo, democrático. Nadie debe autoexcluirse de este debate y nadie puede temer a sus resultados, porque, en todo caso, deberán ser los propios ciudadanos y ciudadanas vascas, los que, en un escenario de ausencia de violencia y sin exclusiones, validen con su voto en referéndum las conclusiones del mismo. Quien teme a la voluntad de la sociedad vasca, quien amenaza con impedir que la sociedad vasca pueda decidir libre y democráticamente su propio futuro, confía muy poco en sus propios argumentos.

      Por eso, como Lehendakari, quisiera invitar a la sociedad vasca y a todos los partidos políticos que representan las diferentes sensibilidades que conviven en ella, a participar activamente en el debate sobre nuestro futuro.

      Un debate sereno, en el que se planteen de forma sensata y razonable los argumentos y las propuestas. Desde el respeto y la educación. Sobran las amenazas, sobran los insultos y sobran las descalificaciones. Hay que dejar de gritar para poder empezar a hablar.

      Un debate abierto, del que nadie debe considerarse excluido, porque todos representamos una parte de la solución. No nos debe preocupar que cada partido político realice sus legítimas aportaciones. El objetivo es alcanzar un consenso que represente la síntesis razonable de las distintas visiones que representan a la pluralidad de la sociedad vasca.

      Además, deseo reivindicar un debate abierto a toda la sociedad vasca y a sus agentes económicos y sociales. La sociedad vasca es la protagonista de su propio futuro. Por tanto, debemos abrir cuantos cauces sean precisos para facilitar su participación en el diseño de un nuevo modelo de convivencia.

      Un debate flexible, sin precipitaciones, sin nerviosismos. Profundicemos primero en el estudio y análisis sosegado de las propuestas. Conozcamos las razones y los argumentos del otro, para exponer a continuación los nuestros. No hay soluciones mágicas al final del camino, el camino es la solución.

      Un debate democrático, esta es la base y la cúpula fundamental del proceso. Sin imposiciones y sin chantajes. Nadie podrá evitar que cada uno de nosotros, cada ciudadano y ciudadana vasca, tenga en su mano la llave de su propio futuro. Esta es la grandeza de la democracia. Porque si de algo estoy absolutamente convencido es de que la sociedad vasca será lo que quiera ser en el futuro, y nada ni nadie se lo va a impedir.

      Desde estas premisas, el planteamiento que quiero hacer partícipe a la sociedad vasca y a los grupos parlamentarios presentes en esta Cámara es continuar cubriendo nuevas etapas en este camino hasta culminar en un proyecto que obtenga el respaldo mayoritario de la sociedad vasca.

      No tenemos nada que ocultar, al contrario, considero que es un derecho de la ciudadanía vasca el conocer cuáles pueden ser los siguientes pasos de este proceso;

      1º         Texto articulado del Nuevo Estatuto Político Vasco

      Como ya he anunciado, es intención del Gobierno proceder a la redacción en el mes de octubre del texto articulado del nuevo Estatuto Político Vasco, conforme a los contenidos que he trasladado en el apartado anterior. El nuevo Estatuto será aprobado el próximo 25 de octubre en una sesión extraordinaria del Consejo de Gobierno, y remitido al Parlamento Vasco  como Proyecto de Ley de reforma del Estatuto de Gernika.

      2º         Estudio y Debate parlamentario

      El procedimiento que se articule para la tramitación parlamentaria de este Proyecto, es algo que única y exclusivamente le corresponde decidir a los órganos competentes de esta Cámara. El Gobierno evidentemente asumirá las decisiones que se adopten a este respecto.

      No obstante, y desde el total respeto a las atribuciones del Parlamento para decidir el procedimiento de debate que estime oportuno, desde el Gobierno y como Lehendakari, sinceramente creo que deberíamos tener en cuenta que no estamos ante un proyecto de Ley ordinario, como la Ley de Carreteras, por ejemplo.

      Estamos ante el planteamiento de un nuevo modelo de convivencia para una nueva generación. Entiendo que esta propuesta exige, por tanto, un debate sereno y sensato. Un proceso de estudio y análisis sosegado, sin precipitaciones y abierto a la participación de los agentes económicos y sociales, que diera paso a la presentación de las aportaciones y enmiendas oportunas para proceder a su debate y votación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 del Estatuto de Gernika. A este respecto, como Gobierno, nos gustaría someter a la consideración del Parlamento la posibilidad de que este trámite de debate y votación se realizase al comienzo del curso parlamentario del próximo año, en septiembre de 2004.

      3º         Negociación con el Gobierno español y remisión a las Cortes Generales

      Una vez superado el trámite anterior, y de forma simultánea con la remisión del proyecto aprobado a las Cortes Generales del Estado, abriríamos un proceso de negociación con el Gobierno español, que debería culminar en un tiempo no superior a seis meses.

      4º         Ratificación en referéndum por la sociedad vasca

      Agotados los trámites anteriores, se procederá a la ratificación definitiva en referéndum, por parte de la sociedad vasca, del Pacto Político alcanzado con el Estado o, en su caso, del proyecto aprobado por mayoría absoluta del Parlamento vasco, en un escenario de ausencia de violencia y sin exclusiones.


      Una reflexión final: Negar el diálogo es negar la solución

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